De momento el juez
Velasco del Central Seis está manteniendo la competencia respecto al asesinato
de seis jesuitas entre ellos Ignacio Ellacuria y dos mujeres en la Universidad
Centroamericana de El Salvador el 16 de noviembre de 1989, planteando que los
delitos enjuiciados lo son como asesinatos terroristas y no de lesa humanidad y
que por tanto no están afectados por la reforma restrictiva del principio de
Justicia Universal y respecto al requisito de que no hayan sido enjuiciados en
el país de origen pretende elevar al Tribunal Supremo la causa para que se
pronuncie sobre si el juicio llevado a cabo en El Salvador pudo ser un fraude de ley, como él cree, y en
consecuencia inexistente y así poder continuar con la causa. También defiende
que no se puede archivar de plano ningún procedimiento hasta haber practicado
las diligencias suficientes para determinar sin se dan o no las circunstancias
que llevarían al archivo de la causa con la nueva reforma legal y que la
competencia de esa investigación preliminar corresponde a los Jueces Centrales
de Instrucción.
Quizá el Juez Pedraz podría plantear
la misma solución respecto al asalto de la embajada española en Guatemala que
causó 37 muertos y además se trataría de territorio español.
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